Autora: Isabel Montero
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¿Qué impuestos tengo que presentar?
¿Dónde los tengo que presentar?
¿Cómo y cuándo lo tengo que hacer?
Hola de nuevo a todas y todos.
Hoy vamos a bucear un poco en el mundo de los impuestos. Y digo un poco porque el mundo de los impuestos es inmenso.
En este artículo voy a daros unas pequeñas notas para estar al día con la Agencia Tributaria, vuestra Comunidad y vuestro Ayuntamiento, ya que cada impuesto se tiene que presentar ante la entidad recaudadora pertinente.
Si, sé que suena siempre a tener que pagar.
Pero no, no siempre hay que pagar. Algunas veces solo hay que informar. Tan importante es presentar los impuestos a pagar o a devolver como los informativos.
Os recuerdo que es obligatorio para todo autónomo, empresario pequeño, mediano o grande, presentar periódicamente los impuestos en fecha y plazo.
Aunque en la página web de la Agencia Tributaria hay muchísima información para que podáis hacerlo, a continuación, os damos unas pequeñas notas para hacerlo.
La Agencia Tributaria es la entidad donde más impuestos se tramitan. Por ejemplo y por citar algunos: IRPF, IVA, Sociedades, Patrimonio, Renta, Matriculación, informativas, censales, etc.
Para poder acceder y gestionar en la Sede Electrónica de la Agencia, tenéis que tener Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico.
Dependiendo del tipo de empresario que se sea, esta obligatoriedad según el impuesto y el obligado tributario puede ser:
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 010.121,04 € en 2018 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT y las Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social.
Se pueden presentar de las siguientes maneras:
- en papel o
- electrónicamente
Hoy en día es muchísimo más rápido hacerlo electrónicamente, pues nos evita desplazamientos y esperas en las interminables filas.
Además, con la situación que estamos viviendo de aislamiento no se puede acceder a centros oficiales para presentarlos en mano, así es que no queda otro remedio que hacerlo online.
En la Sede Electrónica tenéis todos los formularios e impresos necesarios y una gran cantidad de información.
Es muy interesante descargarse el Calendario del Contribuyente para que no se nos pasen las fechas.
Los impuestos y tasas municipales o de la comunidad autónoma hay que pagarlos a través del ayuntamiento o de la C.A. a los que se pertenezca.
Los impuestos gestionados por las Comunidades son: Sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales onerosas, actos jurídicos documentados, compra-venta de vehículos y los tributos sobre el juego.
Ya hay muchos ayuntamientos que tienen actualizada su Web y disponen de sede electrónica para pagar ciertos impuestos, pero no siempre y no todos se pueden pagar electrónicamente.
Los impuestos más habituales gestionados por los Ayuntamientos son: el IBI (impuesto sobre bienes inmuebles), IAE (impuesto sobre actividades económicas) y el IVTM (impuesto de vehículos a tracción mecánica). Pero hay muchas tasas municipales que tener en cuenta.
Importante no dejarlo para el último día y que luego tengamos algún problema.
Pero si, además, necesitáis ayuda, no os preocupéis, para eso estoy. Contactarme por email, teléfono o bien a través de la web www.miasesora.es
Gestionar nuestros impuestos dentro de sus plazos puede ahorrarnos disgustos y gastos innecesarios.
Espero que os haya sido interesante.
¡Nos vemos!
Isabel Montero
Autora: Isabel Montero (miasesora.es)
*Imágenes del artículo: proporcionadas por Isabel Montero, Canva y Pixabay